Suprema Corte de Justicia de la Nación

2023 - 1 - 31

Ley Nahle: Suprema Corte discute validez este martes 31 de enero (e-consulta Veracruz)

La llamada Ley Nahle reconoce como veracruzanos a quienes tengan hijos en la entidad o tengan una residencia de cinco años en Veracruz.

“Rocío es una compañera muy destacada, sin dudas tiene derecho de estar en la encuesta, pero la decisión no la va a tomar la gente por si es veracruzana o no. El togado propuso al pleno que se declaren infundadas las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los dirigentes nacionales del PRI, PAN y PRD. La aprobación de la ley en el Congreso de Veracruz permitiría que la zacatecana Rocío Nahle García, secretaria de Energía del gobierno federal Andrés Manuel López Obrador, contienda como candidata de MORENA a la gubernatura del estado para suceder en el cargo a Cuitláhuac García en 2024.

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Ley 'Nahle': Suprema Corte define no 'naturalizar' a candidatos no ... (El Financiero)

En ese sentido las y los ministros declararon inconstitucional una de las fracciones del Artículo 11 que reconocía como veracruzanos y por lo tanto pretendía ...

Refrendemos los compromisos”, enfatizó. [ la secretaría de energía Rocío Nahle](https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2023/01/23/dos-bocas-refinara-su-primer-barril-a-partir-del-1-de-julio-de-este-ano-dice-rocio-nahle/) para que pudiera contender por la gubernatura del estado. [ modificación constitucional conocida como Ley ‘Nahle’ ](https://www.elfinanciero.com.mx/estados/2022/07/29/ley-nahle-en-esto-consiste-la-iniciativa-de-morena-para-naturalizarse-de-veracruz/)que pretendía reconocer como veracruzanas a aquellas personas que sin ser nacidas en el estado, tienen hijos en la entidad.

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Invalida SCJN la llamada “Ley Nahle” (W Radio México)

Sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él.

Por mayoría de 8 votos contra 3 (mayoría calificada) la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la llamada “Ley Nahle”, cuyas reformas a la constitución de Veracruz reconocían como veracruzanos a quienes tuvieran hijos nacidos en esa entidad, y por lo tanto les permitía contender por la gubernatura. La porción invalidada de la constitución de Veracruz era la fracción III del artículo 11, que reconocía como veracruzanos a “Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos”. Esta reforma, conocida como Decreto 240, fue aprobada por el congreso veracruzano en agosto del año pasado, y fue llamada como “Ley Nahle” porque se interpretó que tendría la finalidad de permitir que la actual titular de la Secretaría de Energía, Rocío Nahle García, pudiera participar en la próxima elección para gobernar esa entidad.

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Suprema Corte de Justicia de la Nación invalida “ley Nahle” (NV Noticias)

Así, el Congreso considera parámetros como los hijos o hijas nacidos en Veracruz y el tiempo de residencia efectiva para que las personas que los cumplan puedan ...

Armenta Oliveros propuso incluir el siguiente párrafo: “Son veracruzanos o veracruzanas los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”. Lo anterior, luego de la propuesta de reforma promovida por la diputada de Morena Magaly Armenta Oliveros, en la cual propuso conferir a los ciudadanos y las ciudadanas la denominación de “veracruzanos” con solo comprobar una residencia efectiva dentro de la entidad. Xalapa.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó sin efectos la modificación al Artículo 11 de la Constitución de Veracruz, mediante la cual, confería la denominación de “veracruzanos” o “veracruzanas” a las personas con cinco años de residencia en la entidad.

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La Suprema Corte invalida la llamada "Ley Nahle" en Constitución ... (ADNPolítico)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de las reformas realizadas a la Constitución de Veracruz, mediante las cuales se ...

Yo no veo por qué nativo tiene que estar restringido al nacimiento dentro de la entidad federativa”, argumentó. Es una muy fuerte convicción mía que las entidades federativas son laboratorio de experimentación. El ministro ponente Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena sostuvo su proyecto, al considerar que es competencia del estado decidir quiénes son o no veracruzanos y, en su caso, quiénes pueden contender por la gubernatura.

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Necesario nacer en estado que se busca gobernar: SCJN (Azteca Noticias)

La SCJN anuló la reforma electoral que en Veracruz permitía competir, para el 2024, para gobernar la entidad a quienes no nacieron ni residen en el estado.

PAN y PRD sostenían que la norma tenía dedicatoria, pues abría la puerta a la secretaria de Energía, Rocío Nahle para buscar ser gobernadora del estado. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló la reforma electoral que en Veracruz permitía competir, para los comicios de 2024, para gobernar la entidad a quienes no nacieron ni residen en dicho territorio del país. La SCJN anuló la reforma electoral que en Veracruz permitía competir, para el 2024, para gobernar la entidad a quienes no nacieron ni residen en el estado.

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SCJN invalidó la “Ley Nahle”; la secretaria de Energía no podrá ser ... (Infobae.com)

La titular de la Sener no podrá postularse como candidata a la gubernatura debido a la decisión de la Suprema Corte.

En octubre de 2022 la SCJN admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PAN y el PRD. Entre los que que votaron por la invalidez de esta porción normativa estuvieron la ministra presidenta Norma Lucía Piña y el ex ministro presidente Arturo Zaldívar. Rocío Nahle, secretaria de Energía, perdió la oportunidad de ser candidata a la gubernatura en Veracruz.

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Invalida la SCJN la "ley Nahle" - La Jornada San Luis (La Jornada San Luis)

Por mayoría de ocho votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la llamada “ley Nahle”, las reformas a la constitución de Veracruz que ...

Por mayoría de ocho votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la llamada “ley Nahle”, las reformas a la constitución de Veracruz que reconocían como veracruzanos a quienes tuvieran hijos nacidos en esa entidad y por lo tanto les permitía contender por la gubernatura. La porción invalidada de la constitución de Veracruz era la fracción III del artículo 11, que reconocía como veracruzanos a “las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos”.

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SCJN declara inconstitucional fracción de la denominada 'Ley Nahle' (Diario de Xalapa)

Tras la declaración explican que cobrará vigencia en el momento que se notifique al Congreso de Veracruz.

El togado propuso al pleno que se declaren infundadas las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los dirigentes nacionales del PRI, PAN y PRD. La aprobación de la ley en el Congreso local permitiría que la zacatecana Rocío Nahle García contienda como candidata de Morena a la gubernatura del estado para suceder en el cargo a Cuitláhuac García en 2024. Con tal hecho, la funcionaria zacatecana podría contener en las elecciones del 2024.

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IFT cancela la concesión de Canal 7 de San Luis Potosí (El Economista)

El Instituto Federal de Telecomunicaciones declaró improcedente renovar la concesión de espectro que permite al concesionario Comunicación 2000 S.A. de C.V. ...

de C.V. todavía cuenta con un canal con cobertura en Matehuala que ganó en la pasada licitación de TV digital que organizó el IFT, al norte de San Luis Potosí y si llegara a perder la señal de la capital, todavía tiene enfrente la oportunidad de mantenerse al aire allí, a través de la renta de un canal multiplexado propiedad de alguno de los otros concesionarios competidores o a través de otras plataformas de distribución de contenidos. ahora está en riesgo de apagar su señal principal y el canal multiplexado que dan cobertura sobre un territorio de 22,000 kilómetros cuadrados más una audiencia potencial de 1.7 millones de habitantes en San Luis Pootosí, sin contar los empleos que puedan perderse con el cierre del canal y los anunciantes que se quedan sin una señal de distribución. De ese periodo de 17 años con seis meses y dos días, resultaba que el 1 de julio de 2018 era el inicio de la última quinta parte de la vigencia de la concesión para que Comunicación 2000 S.A. Allí, la Primera Sala resolvió el amparo, ahora bajo el expediente del amparo en revisión 93/2021. tramitó un juicio de amparo indirecto, que fue admitido por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones bajo el expediente 545/2019 y luego radicado con el expediente 180/2020 en el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones. El IFT se respaldó entonces en el contenido del artículo 114 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) para negar la autorización a la empresa concesionaria. Esta determinación resultó de un cumplimiento total del IFT a la ejecutoria del juicio de amparo en revisión 180/2020 del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, y en el que se discutió una primera negativa del IFT a renovar la concesión del canal, luego de que el concesionario Comunicación 2000 S.A. explotar dos canales de televisión abierta en San Luis Potosí capital, debido a que la empresa inició siete meses tarde el proceso de renovación de los títulos de concesión. La Primera Sala de la Suprema Corte rechazó los argumentos de Comunicación 2000 S.A. El Instituto Federal de Telecomunicaciones resolvió en una primera ocasión negar la renovación del título de concesión a Comunicación 2000 S.A. El Instituto Federal de Telecomunicaciones declaró improcedente renovar la concesión de espectro que permite al concesionario Comunicación 2000 S.A.

Listado de Comunicados (Suprema Corte de Justicia de la Nación)

No. 026/2023. Ciudad de México, a 31 de enero de 2023. SCJN INVALIDA REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECÍA UN NUEVO SUPUESTO PARA CONSIDERAR A UNA PERSONA ...

Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano. La decisión de invalidez del Tribunal Constitucional se limita a la porción normativa “con hijos veracruzanos o”, por lo que el supuesto deberá leerse de la manera siguiente: Artículo 11. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por los partidos políticos Acción Nacional y de la Revolución Democrática en contra del Decreto 240, publicado el 11 de agosto de 2022, mediante el cual se adicionó la fracción III del artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, invalidó la porción normativa “con hijos veracruzanos o” de dicho precepto, relativa a un supuesto para ser considerada como persona nativa de esa entidad.

Elimina Suprema Corte la enmienda que oposición calificó como ... (El Economista)

“Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”. La ...

La Corte sólo resolvió invalidar la porción normativa “con hijos veracruzanos o”, por lo que el artículo 11 original, que ordenaba que son veracruzanos “las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”, cobrará vigencia. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró por mayoría de ocho votos la invalidez de la reforma a la Constitución de Veracruz que reconoce como veracruzanos a quienes tengan hijos nacidos en el estado. “Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.

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